Capítulo CAPÍTULO IX
Art. Disposición adicional decimonovena
93 / 125En vigor desde 15 nov 2012
En el plazo de cuatro meses desde la entrada en vigor de esta Ley, el Banco de España remitirá a las Cortes Generales un informe en el que evaluará el efecto del Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero, de saneamiento del sector financiero y del resto de la normativa aplicable sobre el cobro de las indemnizaciones, pensiones y remuneraciones percibidas por los administradores y directivos de las entidades de créditos inmersas en algún procedo de reestructuración o resolución durante el mencionado plazo, incorporando un modelo de marco retributivo.
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Proeli/es/l/2012/11/14/9#disposicion-adicional-decimonovena