Capítulo CAPÍTULO VII
Art. 17
18 / 21En vigor desde 10 jul 2010
Los Senadores o las Senadoras designados en representación de la Comunitat Valenciana podrán asistir al Pleno y las comisiones de la cámara en los términos establecidos en el Reglamento de Les Corts.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/2010/07/07/9#art-17