Art. Disposición derogatoria única
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 18 dic 2010
1. Queda derogada la Ley 8/1993, de 23 de junio, reguladora de la Administración hidráulica de Galicia, con sus modificaciones posteriores, así como la Ley 8/2001, de 2 de agosto, de protección de la calidad de las aguas de las rías de Galicia y de ordenación del servicio público de depuración de aguas residuales urbanas, sin perjuicio de lo señalado en la disposición transitoria segunda con respecto a la vigencia del canon de saneamiento. 2. Igualmente quedan derogadas cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente ley.
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