Art. Disposición adicional decimosexta
Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional decimosexta

111 / 124
En vigor desde 1 ene 2025
A la cuota determinada conforme a lo indicado en el artículo 61 bis de esta ley le será de aplicación el coeficiente gradual de implantación establecido para los siguientes períodos impositivos: Año Coeficiente gradual de implantación 2025 0 2026 0 2027 0,5 2028 1 Se añade por el .2 de la Ley 5/2024, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-2145 Téngase en cuenta, para los años 2023 y 2024, que el coeficiente tomará el valor de 0, según establece la disposición adicional 4 de la citada ley.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/2010/11/04/9#disposicion-adicional-decimosexta