Título TÍTULO IX
Art. Disposición transitoria decimotercera
171 / 181En vigor desde 1 ene 2023
1. El canon de trasvase que se apruebe para el ejercicio 2023 se regirá por la normativa vigente en el momento de su aprobación.
No obstante, en caso de que por razones propias de la tramitación, por la interposición de recursos o reclamaciones, o por otras causas, no se hubiera fijado la cuantía del canon de trasvase para el ejercicio 2023, se considerará prorrogada la cuantía aprobada para el ejercicio 2022.
2. El canon de trasvase que se apruebe o prorrogue para los ejercicios 2024 y siguientes se regirá por lo dispuesto en la disposición adicional decimoctava de esta Ley.
Se añade por la disposición final 8.6 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-1604
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2010/07/30/9#disposicion-transitoria-decimotercera