Art. Disposición adicional cuarta
Título TÍTULO IX

Art. Disposición adicional cuarta

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En vigor desde 10 ago 2010
1. Al objeto de coordinar, ordenar y dotar de eficacia las medidas que puedan establecerse sobre el estuario del Guadalquivir, adscrita a la consejería competente en materia de agua se constituirá la Comisión Interadministrativa del Estuario del Guadalquivir, para la gestión coordinada de este estuario. A esos efectos, se podrá suscribir un convenio con la Administración General del Estado y las entidades locales interesadas, en el que se preverá la participación de estas en dicha Comisión. 2. La Comisión Interadministrativa elaborará su propio reglamento de funcionamiento y organización interna.
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