Art. 96
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Canon de mejora de infraestructuras hidráulicas competencia de las entidades locales

Art. 96

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En vigor desde 10 ago 2010
La gestión del canon corresponderá a la respectiva entidad local, que determinará su forma de aplicación, así como el lugar y la forma de pago.
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eli/es-an/l/2010/07/30/9#art-96