Art. 80
Título TÍTULO VIIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de interés de la Comunidad Autónoma

Art. 80

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En vigor desde 25 jul 2019
Los ingresos procedentes del canon de mejora quedan afectados a la financiación de las infraestructuras hidráulicas declaradas de interés de la Comunidad Autónoma. El pago de intereses y la amortización de créditos para la financiación de las infraestructuras antes mencionadas podrán garantizarse con cargo a la recaudación que se obtenga con el canon. Se modifica por la disposición final 12.4 de la Ley 3/2019, de 22 de julio. Ref. BOE-A-2019-12122

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eli/es-an/l/2010/07/30/9#art-80