Art. 83
Capítulo CAPÍTULO XIIISecc. Sección 1.ª Principios generales

Art. 83

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En vigor desde 28 ene 2011
El personal estatutario del Servicio Cántabro de Salud incurrirá en responsabilidad disciplinaria por las faltas que cometa, sin perjuicio de la responsabilidad patrimonial, civil o penal que pudiera derivarse de las infracciones cometidas.
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