Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición transitoria segunda
39 / 50En vigor desde 1 ene 2011
La modificación contenida en el artículo 10 de la presente ley se aplicará a los expedientes sancionadores derivados de infracciones administrativas cometidas a partir del 1 de octubre de 2011, rigiéndose por la normativa anterior a la citada modificación, las infracciones cometidas con anterioridad a dicha fecha.
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Proeli/es-md/l/2010/12/23/9#disposicion-transitoria-segunda