Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final primera
80 / 82En vigor desde 25 dic 2010
Se autoriza al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de la presente Ley.
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Proeli/es-as/l/2010/12/17/9#disposicion-final-primera