Art. Disposición derogatoria única
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 31 ene 2008
1. Queda derogada la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma. 2. Quedan derogados el apartado 3 del artículo 9 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, y el artículo 140 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas. 3. Quedan derogadas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en esta Ley o lo contradigan.
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