Art. 55
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Disposiciones comunes

Art. 55

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En vigor desde 31 ene 2008
Dentro de la esfera de sus competencias, corresponden a las agencias las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines, en los términos previstos en sus estatutos, salvo la potestad expropiatoria.
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eli/es-an/l/2007/10/22/9#art-55