Art. 3
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Art. 3

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En vigor desde 31 ene 2008
La Administración de la Junta de Andalucía sirve con objetividad al interés general a través de sus órganos y entidades instrumentales, con sujeción a la Constitución, al Estatuto de Autonomía y al resto del ordenamiento jurídico. Se organiza y actúa de acuerdo con los principios de: a) Eficacia. b) Jerarquía. c) Descentralización funcional. d) Desconcentración funcional y territorial. e) Coordinación. f) Lealtad institucional. g) Buena fe. h) Confianza legítima. i) Transparencia. j) Colaboración y cooperación en su relación con otras Administraciones Públicas. k) Eficiencia en su actuación y control de los resultados. l) Programación de sus objetivos. m) Coordinación y planificación de la actividad. n) Racionalidad organizativa mediante simplificación y racionalización de su estructura organizativa. ñ) Racionalización, simplificación y agilidad de los procedimientos. o) Imparcialidad. p) Igualdad de oportunidades y de trato de hombres y mujeres. q) No discriminación. r) Proximidad a la ciudadanía. s) Responsabilidad por la gestión pública. t) Buena administración y calidad de los servicios.
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