Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 15
15 / 44En vigor desde 19 abr 2007
1. La Comisión Canaria de Seguridad Pública es una Comisión Interdepartamental del Gobierno de Canarias y el máximo órgano de coordinación de las políticas de seguridad, sin perjuicio de las competencias del Estado.
2. Su composición y funcionamiento se determinarán reglamentariamente.
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Proeli/es-cn/l/2007/04/13/9#art-15