Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional tercera
75 / 92En vigor desde 14 dic 2006
Las nuevas corporaciones de derecho público, como sucesoras de los consejos reguladores y del Comité aragonés de agricultura ecológica, mantendrán en idénticos términos a los existentes a la entrada en vigor de esta ley sus obligaciones y derechos respecto a su personal laboral.
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Proeli/es-ar/l/2006/11/30/9#disposicion-adicional-tercera