Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 9
10 / 61En vigor desde 18 mar 2007
La Administración Tributaria Canaria tiene el deber de prestar información y asistencia a los ciudadanos en relación con la aplicación de los tributos gestionados por la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de las actuaciones de información y asistencia a los obligados tributarios previstas en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, con las especialidades que se indican en los artículos siguientes del presente capítulo.
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Proeli/es-cn/l/2006/12/11/9#art-9