Art. 22
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 22

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En vigor desde 30 dic 2004
El derecho de rectificación y la protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, en relación con las informaciones difundidas por los medios de Radiotelevisión de la Región de Murcia, se regirán por lo dispuesto en la normativa estatal y autonómica de aplicación.
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