Art. Disposición final tercera
Capítulo CAPÍTULO IIISecc. Sección 3.ª Nueva consulta y resolución

Art. Disposición final tercera

42 / 42
En vigor desde 16 dic 2004
Esta ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del País Vasco».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-pv/l/2004/11/24/9#disposicion-final-tercera