Art. 32
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO III

Art. 32

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En vigor desde 4 may 2003
Las plazas vacantes de funcionarios de categoría de Oficial y superiores se cubrirán por el sistema de promoción interna. Reglamentariamente se determinarán las condiciones y requisitos de la promoción interna, que necesariamente deberán incluir los siguientes: a) proceso selectivo consistente en concurso-oposición, b) exigencia de la titulación correspondiente al grupo.
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