Art. Disposición transitoria tercera
Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 1 ene 2003
Hasta tanto no se cumpla lo previsto en los supuestos del artículo 6, apartados 3 ó 4, continuarán aplicándose las Cartas Municipales o bases de distribución vigentes a la entrada en vigor de esta Ley.
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