Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final tercera
50 / 52En vigor desde 16 may 2003
El Gobierno, mediante real decreto, podrá actualizar la cuantía de las tasas y de las sanciones establecidas en esta ley, atendiendo a la variación que experimente el índice de precios al consumo.
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Proeli/es/l/2003/04/25/9#disposicion-final-tercera