Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición final primera
48 / 52En vigor desde 16 may 2003
Esta ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.16.ª y 23.ª de la Constitución, que reserva al Estado la competencia en materia de bases y coordinación general de la sanidad y legislación básica sobre protección del medio ambiente, respectivamente. No obstante, el título III de ésta se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.14.ª de la Constitución, que reserva al Estado la competencia exclusiva en materia de hacienda general.
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Proeli/es/l/2003/04/25/9#disposicion-final-primera