Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 26
26 / 52En vigor desde 16 may 2003
Estarán obligadas al pago de la tasa las personas físicas o jurídicas que soliciten o a quienes se les preste cualquiera de los servicios y actuaciones de la Administración General del Estado que constituyen su hecho imponible.
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Proeli/es/l/2003/04/25/9#art-26