Art. Disposición adicional
Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional

53 / 57
En vigor desde 5 abr 2003
El Consell de la Generalitat favorecerá, mediante medidas fiscales apropiadas, la contratación de personal de servicio doméstico para el cuidado del hogar y de personas dependientes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2003/04/02/9#disposicion-adicional