Art. Disposición adicional primera
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 27 jul 2003
El Plan de transportes de viajeros que establece la Ley 12/1987, de 28 de mayo, de regulación del transporte de viajeros por carretera mediante vehículos de motor, y el Plan de carreteras de Cataluña que establece la Ley 7/1993, de 30 de septiembre, de carreteras, tienen el carácter de plan específico establecido por el artículo 8.
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