Art. 1
1 / 10En vigor desde 21 dic 2002
Se crea el Colegio Profesional de Higienistas Dentales de la Comunidad de Madrid, como Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica propia y con capacidad plena para el cumplimiento de sus fines.
La estructura interna y funcionamiento del Colegio serán democráticos y se regirán por la normativa básica estatal, recogida en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales, por la Ley 19/1997, de 11 de julio, de Colegios Profesionales de la Comunidad de Madrid, sus propios Estatutos y cuantas normas jurídicas le sean de directa o subsidiaria aplicación.
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Proeli/es-md/l/2002/12/11/9#art-1