Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición transitoria tercera
86 / 89En vigor desde 5 sept 2001
Las infracciones y sanciones se regirán en cuanto a su procedimiento y a los plazos de prescripción por la legislación aplicable en el momento en que se cometió la infracción, sin perjuicio de la retroactividad de la disposición más favorable para la persona infractora.
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Proeli/es-ga/l/2001/08/21/9#disposicion-transitoria-tercera