Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 2.ª Convenios urbanísticos
Art. Disposición final tercera
289 / 290En vigor desde 23 dic 2022
Se habilita al Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid para que, mediante decreto aprobado a propuesta del titular de la Consejería competente en materia de urbanismo, dicte cuantas normas reglamentarias sean precisas para el desarrollo, la ejecución o la efectividad de cuantas materias se regulan en la presente Ley.
Se modifica por el .44 de la Ley 11/2022, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-7343
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Proeli/es-md/l/2001/07/17/9#disposicion-final-tercera