Art. 123
Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 5.ª Sistema de expropiación

Art. 123

132 / 290
En vigor desde 27 ago 2001
Para la expropiación podrá aplicarse tanto el procedimiento individualizado como el de tasación conjunta, conforme a la legislación de expropiación forzosa.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-md/l/2001/07/17/9#art-123