Art. Disposición derogatoria única
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1. Quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan o contradigan a la presente Ley.
2. En especial, quedan derogados, en lo que respecta al sentido del silencio, los Decretos 132/1993, 133/1993, 134/1993, 135/1993, 136/1993, 137/1993, 138/1993, 139/1993, 140/1993, 141/1993, 142/1993 y 143/1993, todos ellos de 7 de septiembre, de adaptación a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. Quedan igualmente derogados los artículos 40 y su anexo, 41 y 42 de la Ley 17/1999, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
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