Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición adicional primera
30 / 42En vigor desde 23 abr 1999
En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente Ley, por Decreto del Consejo de Gobierno, se creará, como órgano de gestión sin personalidad jurídica, el Museo Etnológico de la Comunidad de Madrid, que se ubicará en el Palacio «Goyeneche», en el municipio del Nuevo Baztán, con la finalidad de divulgar el Patrimonio Histórico, Antropológico y Natural de la Comunidad de Madrid.
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Proeli/es-md/l/1999/04/09/9#disposicion-adicional-primera