Capítulo CAPÍTULO III
Art. 16
16 / 42En vigor desde 23 abr 1999
1. El incumplimiento por parte de los titulares de las obligaciones de protección, mantenimiento, custodia y conservación de los museos y colecciones y de sus fondos, así como el cambio de uso sin autorización expresa de la Administración autonómica, será causa de interés social para su expropiación.
2. También serán causas para la expropiación la necesidad de suelo o edificaciones destinada a la creación, ampliación, mejora y seguridad de los museos del sistema regional, incluida la necesidad de adquisición de inmuebles colindantes con los museos existentes y destinada a los mismos fines.
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Proeli/es-md/l/1999/04/09/9#art-16