Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección 2.ª Tipología de los espacios naturales protegidos. Zonas periféricas de protección
Art. 42
42 / 152En vigor desde 2 jul 1999
Las reservas naturales son espacios naturales cuya creación tiene por finalidad la protección de ecosistemas, comunidades o elementos biológicos que, por su rareza, fragilidad, importancia o singularidad merecen una valoración especial.
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Proeli/es-cm/l/1999/05/26/9#art-42