Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO ÚNICO
Art. 1
1 / 30En vigor desde 3 dic 1999
1. La presente Ley tiene por objeto garantizar la solidaridad en la educación, regulando el conjunto de actuaciones que permitan que el sistema educativo contribuya a compensar las desigualdades, asegurando la igualdad de oportunidades al alumnado con necesidades educativas especiales.
2. La educación de este alumnado tenderá a alcanzar dentro del sistema educativo los objetivos establecidos con carácter general para el resto del alumnado y se regirá por los principios de normalización y de integración escolar.
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Proeli/es-an/l/1999/11/18/9#art-1