Art. 6
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 6

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En vigor desde 1 ene 2018
El Consejo Rector dispondrá de las más amplias facultades en la dirección y gestión del Instituto Cartográfico Valenciano, sin perjuicio de las competencias que correspondan a la Dirección del Instituto. Su régimen de constitución, funcionamiento y adopción de acuerdos se ajustará a lo que establece la Ley 40/2015, d’1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Se modifica por el art. 53 de la Ley 21/2017, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-1871 Se modifica por el art. 60 de la Ley 14/2005, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2006-2973

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Pro

eli/es-vc/l/1997/12/09/9#art-6