Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 25En vigor desde 1 ene 2018
Se crea el Instituto Cartográfico Valenciano, como organismo autónomo de la Generalitat, de los previstos en la Ley de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, adscrito a la Conselleria que tenga atribuidas competencias en materia de ordenación del territorio, con el objetivo de impulsar, coordinar y, en su caso, fomentar las tareas de desarrollo cartográfico, fotogramétrico, geodésico, topográfico y de cualquier otra tecnología geográfica en el ámbito de las competencias de la Generalitat.
Se modifica por el art. 53 de la Ley 21/2017, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2018-1871 Se modifica por el art. único de la Ley 3/2008, de 24 de abril. Ref. BOE-A-2008-9096 Se modifica por el art. 49 de la Ley 9/2001, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2002-2413
Tus anotaciones
Proeli/es-vc/l/1997/12/09/9#art-1