Art. 7
Capítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª Tasa por pruebas, derechos de examen y cursos, para la obtención de títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo, y para la acreditación de la aptitud y conocimientos para el ejercicio de la caza y de la pesca continental

Art. 7

Derogado9 / 55
En vigor desde 1 ene 1997
Se crea la tasa por derechos de examen y cursos para la obtención de títulos para el gobierno de embarcaciones de recreo y para la acreditación de la aptitud y conocimientos para el ejercicio de la caza y de la pesca continental.
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eli/es-an/l/1996/12/26/9#art-7