Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 16
16 / 26En vigor desde 7 ago 1992
La educación y promoción de adultos adoptará las siguientes modalidades: presencial, semipresencial y a distancia.
La modalidad presencial se caracteriza por la asistencia continuada, en horarios compatibles con el trabajo, de los alumnos a los centros para realizar las actividades previstas en los correspondientes programas.
La modalidad semipresencial es la dirigida a aquellos que, por diversas circunstancias, presentan dificultades para una asistencia continuada al centro, apoyándose su aprendizaje en el empleo de los diferentes medios de comunicación y en los actos presenciales periódicos para actividades de orientación, tutoría o prácticas.
La modalidad a distancia utilizará uno o varios medios de comunicación, yendo dirigida preferentemente a la población adulta con dificultad de desplazamiento o asistencia.
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Proeli/es-ga/l/1992/07/24/9#art-16