Art. 2
2 / 25En vigor desde 14 nov 1990
1. El Consejo Económico y Social de Aragón es un órgano consultivo de la Comunidad Autónoma cuyo fin es hacer efectiva la participación de los sectores interesados en la política económica y social de Aragón.
2. En el desarrollo de sus funciones, el Consejo Económico y Social actuará con plena independencia de los restantes órganos e instituciones de la Comunidad Autónoma.
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Proeli/es-ar/l/1990/11/09/9#art-2