Art. Disposición transitoria segunda
Título TÍTULO VII

Art. Disposición transitoria segunda

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En vigor desde 21 nov 1990
En el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales para el ejercicio de 1991, se incluirá en el plan anual de auditorías, a que se refiere el apartado 3 del artículo 17 de la presente Ley, todas las Empresas y Entes públicos de la Comunidad de Madrid.
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