Título TÍTULO V
Art. 104
105 / 151En vigor desde 21 nov 1990
Constituyen la Tesorería de la Comunidad de Madrid todos los recursos financieros ya sean dinero, valores o créditos de las Instituciones y de la Administración de la Comunidad y sus Organismos Autónomos, tanto por operaciones presupuestarias como extrapresupuestarias.
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Proeli/es-md/l/1990/11/08/9#art-104