Art. 35
Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 5.ª Ventas automáticas

Art. 35

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En vigor desde 18 ago 1993
(Anulado). Se declara inconstitucional y nulo por Sentencia del TC 264/1993, de 22 de julio. Ref. BOE-T-1993-21435 . Se mantiene la suspensión de la vigencia y aplicación de este artículo, por auto de 3 de julio de 1990. Ref. BOE-A-1990-16316 . Se suspende la vigencia y aplicación de este artículo desde el 15 de enero de 1990, por providencia del TC de 29 de enero de 1990, que admite a trámite el Recurso de inconstitucionalidad nº 138-1990. Ref. BOE-A-1990-3345 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/1989/10/05/9#art-35