Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición adicional tercera
46 / 57En vigor desde 7 jul 1987
Los Profesores asociados, visitantes y ayudantes a que se refieren los artículos 33.3 y 34 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, ejercerán su representación a través de las Juntas de Personal de Funcionarios de Cuerpos Docentes a que se refieren los apartados 1.3.2 y 3.3.3 del artículo 7 de la presente Ley.
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Proeli/es/l/1987/06/12/9#disposicion-adicional-tercera