Art. 36
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 36

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En vigor desde 21 jul 1990
Los Acuerdos aprobados y los Pactos celebrados se remitirán a la oficina pública a que hace referencia la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y serán de inmediato publicados en el "Boletín Oficial del Estado" o diarios oficiales correspondientes. Se modifica por el art. único de la Ley 7/1990, de 19 de julio. Ref. BOE-A-1990-17363#aunico .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/1987/06/12/9#art-36