Capítulo CAPITULO II
Art. 24
24 / 57En vigor desde 2 jul 1994
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 18/1994, de 30 de junio. Ref. BOE-A-1994-15242 . Se derogan los párrafos 2 y 3 por la disposición derogatoria de la Ley 7/1990, de 19 de julio. Ref. BOE-A-1990-17363#dd .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1987/06/12/9#art-24