Art. 8
Título TÍTULO II

Art. 8

8 / 22
En vigor desde 6 sept 1985
No se podrán utilizar nombres geográficos protegidos por la denominación de origen en las etiquetas y publicidad de los productos sin derechos a ella, aunque tales nombres fuesen precedidos de los términos «tipo», «estilo», «de la zona de» u otras semejantes.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ga/l/1985/07/30/9#art-8