Art. Disposición adicional primera
6 / 8En vigor desde 9 ene 1985
Para lo no previsto en la presente Ley, se estará a lo que establece la Ley 39/1981, de 28 de octubre, que regula el uso de la bandera de España y de otras banderas y enseñas.
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Proeli/es-cb/l/1984/12/22/9#disposicion-adicional-primera