Art. 1

Art. 1

1 / 19
En vigor desde 16 dic 1982
Se crea el «Ente Vasco de la Energía» como entidad de naturaleza pública, con personalidad jurídica y autonomía administrativa y económica para la realización de sus fines.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-pv/l/1982/11/24/9#art-1