Art. Artículo cuadragésimo segundo
Capítulo CAPÍTULO QUINTOSecc. Sección segunda. Otros beneficios

Art. Artículo cuadragésimo segundo

Derogado49 / 54
En vigor desde 24 jun 2007
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única.2.a) de la Ley 10/2007, de 22 de junio de 2007. Ref. BOE-A-2007-12351 .

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Pro

eli/es/l/1975/03/12/9#articulo-cuadragesimo-segundo